
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó a la empresa Viñedos y Bodegas Las Pircas Limitada, ubicada en Isla de Maipo, con una multa de 37 UTA (equivalentes a $30.753.660) por no reportar los autocontroles exigidos en su Programa de Monitoreo de Residuos Industriales Líquidos (RILES) durante el periodo comprendido entre abril y diciembre de 2023.
Según detalló la SMA, la empresa —dedicada a la producción de vinos— cuenta con un sistema de tratamiento de residuos líquidos autorizado mediante una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y un Programa de Monitoreo (RPM) aprobado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Este programa obliga a la compañía a realizar y reportar mensualmente los resultados de los autocontroles de sus descargas industriales.
Sin embargo, durante fiscalizaciones efectuadas por la SMA en el marco del programa de control por norma de emisión, se constató que la empresa no ingresó los reportes de monitoreo ni los análisis de laboratorio correspondientes al punto de descarga denominado “Punto 1 Canal Fajardino” en el Sistema de Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).
A raíz de ello, la SMA formuló cargos por infracción leve, los que finalmente derivaron en la sanción económica. La resolución recuerda que el Decreto Supremo N° 90/2000 busca prevenir la contaminación de las aguas superficiales y marinas, mediante el control de los contaminantes presentes en los residuos líquidos industriales.
La superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, subrayó que “esta sanción se asocia al incumplimiento del programa de monitoreo de RILES y de la norma de emisión para contaminantes asociados a estas descargas, considerando que, al no reportar los autocontroles, se obstaculiza la verificación del funcionamiento del sistema de tratamiento”.
De acuerdo con el documento que resuelve el procedimiento sancionatorio, se señaló que el representante legal de la empresa es Elvio Olave. Además, en la carta de notificación de la sanción, se dejó constancia de que una persona vinculada a la empresa inicialmente se negó a recibir la notificación, argumentando que la compañía se encuentra en quiebra.
El expediente completo del caso puede revisarse en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3949.




